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Acerca de la NLRB

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Facilitar Acuerdos

La NLRB fomenta que las partes resuelvan los casos a través de un acuerdo en lugar de una litigación cuando esto es posible. De hecho, más del 90% de los casos de práctica laboral ilícita meritorios concluyen con un acuerdo en algún momento durante el proceso, ya sea a través de un acuerdo de la Junta o a través de un acuerdo privado. Acuerdos de la Junta.

Acuerdos de Conciliación de la Junta

Cuando una investigación conducida por una Oficina Regional determina que un cargo de práctica laboral injusta tiene mérito, el Director Regional le provee usualmente a la parte acusada una oportunidad de llegar a un acuerdo antes de emitir una demanda. Los funcionarios de la Oficina Regional redactan un acuerdo  de conciliación propuesto que solucionan plenamente todas las alegaciones con mérito de prácticas laborales injustas. La parte acusada puede aceptar los términos o sugerir cambios, los cuales estarán sujetos a la aprobación del Director Regional. 

El objetivo es siempre llegar a un acuerdo que sea aceptable para la parte acusadora, la parte acusada y para la Agencia. En raras ocasiones, el Director Regional puede aprobar un acuerdo reconciliatorio con el que la parte acusada está de acuerdo, pero la parte acusadora no está dispuesta a firmar. En estos casos, la posición del Director Regional es que el acuerdo remedia sustancialmente las presuntas prácticas laborales injustas. La parte acusadora puede apelar la aprobación del acuerdo por parte del Director ante la Oficina de Apelaciones de la NLRB.   

Si la parte acusada acepta y firma el acuerdo, no se emitirá ninguna demanda y el caso se cerrará después del cumplimiento total de los términos del acuerdo de conciliación. Si no se llega a un acuerdo, entonces la Región emitirá una demanda y se programará una audiencia ante un Juez de Derecho Administrativo. A lo largo de este proceso, la Región continuará buscando un acuerdo  que remedie sustancialmente todas las acusaciones meritorias de prácticas laborales injustas.

Este tipo de acuerdo generado en la Región se conoce como un Acuerdo Informal de la Junta.

Mucho menos común es un Acuerdo Formal de la Junta, que es una estipulación escrita aprobada por la Junta y que resulta en la emisión de una orden de la Junta y frecuentemente también con una sentencia de la corte. Los acuerdos formales generalmente se buscan en los casos en que la parte acusada o inculpada tiene un historial de haber cometido prácticas laborales injustas, o cuando un acuerdo informal no es apropiado por otra razón.

Acuerdos Privados Ajenos a la Junta

Los cargos por prácticas laborales injustas también pueden resolverse mediante un acuerdo privado entre las partes. Sin embargo, antes de permitir que se retiren los cargos, el Director Regional debe revisar y aprobar el acuerdo privado. Debido a que la Junta debe hacer cumplir los intereses públicos, y no los derechos privados, puede rechazar un acuerdo que no sea de la Junta y que infrinja la Ley Nacional de Relaciones Laborales o la política de la Junta. 

Estos acuerdos están sujetos a un mayor nivel de escrutinio en los casos en los que ya se ha realizado una determinación de mérito, y podrían no ser apropiados en circunstancias tales como cuando la parte acusada o inculpada ha participado en un historial de infracciones de la Ley o ha incumplido acuerdos reconciliatorios anteriores. Los acuerdos que no sean de la Junta no cuentan con la aprobación de ésta y no son vigilados por el Organismo.